Logo Banco BICA
Solicitud de Apertura del Producto Cuenta Bica Ideal

Datos

Cliente
Nombre y apellido:
Tipo Nro.:
Tipo Nro.:

Producto
CUENTA BICA IDEAL
BICA IDEAL SALARIO

Cuenta
Cuenta Corriente en Pesos Nro:
Cuenta Sueldo en Pesos Nro:
Cuenta Caja de Ahorros en Dólares Nro:


Solicitud de Apertura del Producto Cuenta Bica Ideal

Sres. de
BANCO BICA S.A.
Presente

Por la presente, , Nro. , me dirijo a Uds. a los fines de solicitarles la Apertura del Producto:
CUENTA BICA IDEAL
BICA IDEAL SALARIO

Compuesto por los productos y servicios de Personas Humanas, detallados a continuación:
- Cuenta Corriente en Pesos Nro.
- Cuenta Sueldo en Pesos Nro.
- Cuenta Caja de Ahorros en Dólares Nro.

En caso de que el Producto solicitado por la presente sea otorgado por el Banco, las relaciones que se susciten entre el Banco y el/los Solicitante/s se regirán por las cláusulas y condiciones expuestas en la documentación correspondiente a cada producto individual integrante de CUENTA BICA IDEAL, como así también las reglamentaciones que lo rigen al respecto (existentes a la fecha o que se dicten en el futuro) y especialmente las cláusulas y condiciones detalladas a continuación.

CONDICIONES ESPECÍFICAS DEL PRODUCTO

El producto bancario denominado comercialmente CUENTA BICA IDEAL o BICA IDEAL SALARIO es una herramienta que BANCO BICA S.A. (en adelante el Banco) dispone para personas humanas, en relación de dependencia, autónomos y/o profesionales, que contiene una serie de productos de financiación bancaria, acorde a su actividad, y que favorecen el financiamiento de sus necesidades y/o proyectos.

1. El producto CUENTA BICA IDEAL está formado por una Cuenta Corriente Bancaria en Pesos y una Cuenta Caja de Ahorro en Dólares. En tanto que la CUENTA BICA IDEAL SALARIO está formado por una Cuenta Corriente Bancaria en Pesos, una Cuenta Caja de Ahorro en Dólares y una Cuenta Sueldo en Pesos.
Además, en todos los casos, el producto cuenta con una Tarjeta de Crédito Nacional e Internacional, que el Banco emita.

2. Tomamos conocimiento que, en caso de otorgarse el presente producto, CUENTA BICA IDEAL o BICA IDEAL SALARIO significa el manejo en forma general de los movimientos de la Cuenta Corriente Bancaria en Pesos, de la Cuenta Caja de Ahorro en Dólares y, en su caso de Cuenta Sueldo en Pesos, pudiendo cada operación impactar con el producto que el Banco disponga en cada momento.

3. COMPENSACIÓN AUTOMÁTICA DE FONDOS: Teniendo en cuenta lo antes expuesto, CUENTA BICA IDEAL SALARIO, permite la compensación automática de los saldos arrojados entre las Cuentas en Pesos que lo conforman. En función de ello, en forma diaria y automática, el sistema efectúa un seguimiento de todos los saldos disponibles de las cuentas y del Acuerdo de Adelanto en Cuenta Corriente (si lo hubiere), compensando los importes en forma automática. Diariamente se efectúan transferencias automáticas de fondos entre las cuentas en la misma moneda correspondiente al producto.
Por lo expuesto, ante algún descubierto o saldo negativo en la Cuenta Corriente vinculada al producto, al horario de cierre de cada día, el sistema podrá rastrear o buscar los saldos disponibles en las cuentas vinculadas para compensarlos hasta los efectivamente existentes, o bien, antes de ello sobregirar la Cuenta Corriente en Pesos (única cuenta con capacidad de sobregiro) para luego rastrear o buscar los saldos disponibles en las cuentas vinculadas para compensarlos hasta los efectivamente existentes.

4. Entre cuentas de distintas monedas vinculadas, no existe cobertura o compensación, permitiendo al Solicitante disponer en forma independiente sus productos en Pesos y Dólares Estadounidenses.

5. Se podrá incorporar cuentas preexistentes al Producto CUENTA BICA IDEAL o BIA IDEAL SALARIO, si así lo solicitásemos. A partir de la vinculación de dichas cuentas, éstas quedarán incorporadas y comenzarán a operar conforme el método aquí descripto.

6. En este acto, el Solicitante otorga mandato irrevocable y suficiente al Banco, para que éste realice las transferencias diarias de fondos entre las Cuentas en la misma moneda del producto CUENTA BICA IDEAL SALARIO, a los fines de compensar los saldos de las cuentas y/o cubrir los descubiertos que se generen.

7. El sistema de CUENTA BICA IDEAL SALARIO, en forma automática cubrirá los descubiertos y/o saldos negativos generados en la Cuenta Corriente en Pesos que integra el producto, en tanto existan saldos disponibles y/o depósitos suficientes de la misma moneda, en cualquier otro producto de CUENTA BICA IDEAL SALARIO.

8. El otorgamiento de la tarjeta de crédito, límites de compras con tarjetas de crédito, acuerdo para girar en descubierto en cuenta corriente y/o préstamo personal, quedará sujeto a las condiciones de aprobación crediticia y contratación de Banco Bica.
Banco Bica SA se reserva el derecho de requerir otras garantías, como resultado de la evaluación crediticia efectuada.

9. Todos los gastos e Impuestos, comisiones, como así cualquier concepto emergente de la presente Solicitud y de los productos vinculados, su instrumentación y/o ejecución judicial o extrajudicial, serán a exclusivo cargo del Solicitante, quien se obliga a abonarlos dentro de las 48 horas de requerido por el Banco. Asimismo, queda facultado el Banco para debitarlos de la Cuenta Corriente en Pesos y/o de cualquier otra cuenta de titularidad del Solicitante abierta en el Banco, aún cuando no existieran fondos suficientes acreditados en ella y/o tal débito produjera exceso sobre el monto del Acuerdo.

10. Se deja expresamente aclarado que la totalidad de los productos vinculados al producto CUENTA BICA IDEAL o BICA IDEAL SALARIO, se regirán además de las disposiciones mencionadas en la presente, por la totalidad de los reglamentos, acuerdos, condiciones, normas, reglamentaciones, correspondientes a cada producto en forma individual, tomando conocimiento de ellos el Solicitante en este acto.

11. El cliente tiene derecho de realizar operaciones por ventanilla, sin restricciones de tipo de operación -sujeto a las que por razones operativas pudieran existir- ni de monto mínimo, conforme a lo previsto en 2.3.2.2 de la normativa de Protección de los Usuarios de Servicios Financieros.

12. El Solicitante, luego de informado al respecto. declara que: 1- A efectos de evaluar la situación crediticia, el Banco podrá solicitar Información Crediticia a respecto del cumplimiento de las obligaciones financieras del Solicitante y suministrar información al mismo efecto; 2- Autoriza expresamente al Banco a informar sobre el estado de deuda a centrales de riesgo públicas o privadas y/o a bases de datos de antecedentes financieros personales, tanto en condiciones de cumplimiento normal como cuando no haya cancelado sus obligaciones, se encuentre en mora o en etapa de acuerdo de pago, entendiendo que dicha información podrá ser revelada incluso de un modo directo y sin que sea necesaria intermediación del BCRA; 3- Tiene conocimiento que podrá dar cuenta de su situación crediticia en la Central de Deudores del Sistema Financiero a través de Internet del B.C.R.A. (www.bcra.gov.ar - Central de Información) Informes por CUIT; 4- Presta su expreso consentimiento para que el Banco, de conformidad con lo dispuesto por la Ley 25.326 Protección de Datos Personales, transfiera y ceda, aún en forma gratuita, manteniendo la confidencialidad y seguridad de los datos a sus empresas controladas, controlantes, filiales, subsidiarias y/o posibles cesionarios, toda la información referente a su persona ya sea sobre datos personales, como sobre su actividad económica u operaciones que se hubieran concertado o que concierten en el futuro, con el objeto de que dicha Información sea utilizada con fines estadísticos, comerciales, de control o calificación crediticia; 5- Tiene conocimiento que, en virtud de lo dispuesto por la Disposición 10/2008 de la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales, el titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a 6 meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto, conforme lo establecido en el Art. 14, Inc. 3 de la Ley 25.326. La Dirección Nacional de Protección de Datos Personales, Organismo de Control de la Ley 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación incumplimiento de las normas sobre protección de datos personales; como así también tiene conocimiento que le asiste el derecho solicitar al Banco la supresión, rectificación o actualización de datos erróneos, en caso que ello resultare procedente.

13. El cliente tiene derecho a revocar la aceptación del producto o servicio dentro del plazo de diez (10) días hábiles contados a partir de la fecha de recibido el presente o de la disponibilidad efectiva del producto o servicio, lo que suceda último, notificando de manera fehaciente o por el mismo medio en que el servicio o producto fue contratado.

14. Asimismo, he sido notificado por Banco Bica S.A. respecto del contenido de la Comunicación "A" 5990 en el punto 2.3.1. acápite viii) emitida por el B.C.R.A. en cuanto dispone a favor del usuario que: "Usted puede consultar el "Régimen de Transparencia" elaborado por el Banco Central de la República Argentina sobre la base de la información proporcionada por los sujetos obligados a fin de comparar los costos, características y requisitos de los productos y servicios financieros, ingresando a:
http://www.bcra.gov.ar/BCRAyVos/Regimen_de_transparencia.asp

15. El usuario titular declara recibir en este acto un resumen del presente contrato y adicionalmente se le informa que podrá consultarlo ingresando en:
https://www.bancobica.com.ar/contratos.aspx

16. En este acto, el/los cliente/s declara/n recibir del Banco, un ejemplar del presente y haberlo leído y aceptado en forma íntegra, no habiéndose observado parte alguna, y haber sido informado/s que, mediante el acceso a la Web del Banco, podrá/n obtener información detallada del contenido de cada paquete.